¿Qué prohíbe la reforma contra vapeadores?
La reforma recientemente aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado de la República en México establece medidas drásticas contra los vapeadores y cigarrillos electrónicos. El objetivo principal de esta iniciativa es prohibir la producción, distribución, comercialización y enajenación de estos dispositivos en el país. La reforma también abarca la lucha contra sustancias tóxicas, como el fentanilo, cuya comercialización y distribución están igualmente vedadas.
Puntos clave de la reforma:
- Prohibición de los vapeadores:
La reforma plantea que, en el marco del artículo 4º de la Constitución, se prohíbe la producción, distribución, comercialización y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros dispositivos análogos. Esto incluye la prohibición de las sustancias que se utilizan en estos productos. - Fentanilo:
Además de los vapeadores, la reforma también ataca la distribución y enajenación del fentanilo, una droga sintética peligrosa que ha incrementado su presencia tanto en México como en otros países, especialmente en los EE.UU. - Prohibición de actividades comerciales:
También se establece que la producción, distribución y comercialización de estos productos (vapeadores, cigarrillos electrónicos, etc.) será prohibida como actividad comercial en el país. Esto significa que no se podrá realizar ninguna actividad de comercio interior o exterior relacionada con estos productos.
¿Qué dice la reforma sobre las penas y multas?
En la versión actual de la reforma, no se especifican multas o penas concretas para quienes consuman vapeadores o cigarrillos electrónicos. Tampoco se mencionan detalles sobre medidas específicas para regular la compra o venta de estos productos o para campañas de salud pública. Sin embargo, los artículos transitorios indican que, una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se derogarán todas las disposiciones contrarias a esta reforma.
Próximos pasos:
- El Congreso de la Unión tendrá 180 días después de la publicación de la reforma para definir el marco jurídico, es decir, establecer las multas o penalizaciones específicas para quienes violen las nuevas leyes, ya sea consumiendo, distribuyendo o comercializando vapeadores.
- En cuanto a la venta de estos productos, actualmente está prohibida según la Ley General para el Control del Tabaco, especialmente en espacios 100% libres de humo.
¿Existen multas por usar vapeadores en la calle o en espacios cerrados?
En este momento, no existen multas directas por usar vapeadores en espacios públicos o cerrados. Lo único que se regula bajo la Ley General para el Control del Tabaco es el consumo de cigarrillos convencionales en espacios libres de humo. Sin embargo, la reforma contra vapeadores cambiará este panorama, con la posible introducción de multas o penas una vez que se defina el marco legal posterior a su aprobación.
¿Qué sucederá ahora?
- Publicación en el DOF: La reforma debe ser avalada por 17 congresos locales y publicada en el Diario Oficial de la Federación para entrar en vigor.
- Transición: Una vez aprobada, el gobierno mexicano tendrá 180 días para implementar el marco jurídico correspondiente que defina las penalizaciones y sanciones.